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martes, 19 de noviembre de 2013

CIRCULAR INFORMATIVA ABONO DIFERENCIAS RETRIBUTIVAS COMPLEMENTARIAS


Estimados compañeros;

El motivo de la presente Circular es mostrar el criterio que se sigue en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid cuando la petición versa sobre el abono de las diferencias retributivas complementarias.

Nos encontramos en casi todas las plantillas con compañeros que realizan funciones superiores a las que realmente tienen catalogadas, bien sea por falta de personal, por estar comisionados….etc.

En algunos casos, la Administración no abona al funcionario estas diferencias y hay que presentar la correspondiente reclamación, lo que deriva en la mayoría de los casos a enfrentarnos a una reclamación judicial.

Pues bien, cuando se llega a esta situación, es importante informar a los compañeros que la carga probatoria recae sobre el solicitante, es decir debe aportar la documentación suficiente para acreditar que ha ejercido las funciones durante dicho periodo de tiempo, lo que significa que debe recopilar partes de servicio y cualquier tipo de documento que demuestre que día a día sus funciones han sido las que afirma en su solicitud.

Las últimas reclamaciones que hemos hecho versan sobre reclamaciones de retribuciones de Coordinador de servicios, Especialista Policía Científica…etc..

Seguiremos informando

Saludos

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