DESDE ESTE COMITÉ PROVINCIAL OS DESEAMOS UNAS FELICES FIESTAS Y UN PROSPERO 2014

miércoles, 30 de abril de 2014

R.S. Nº 26736 (CONVOCATORIA PARA OPERACIÓN PASO DEL ESTRECHO OPE-2014)

DE: DIVISION DE PERSONAL

A: ORGANISMOS CENTRALES, JEFATURAS SUPERIORES DE POLICIA, COMISARÍAS PROVINCIALES, LOCALES, CONJUNTAS, PUESTOS FRONTERIZOS, OFICINA DEL POLICÍA Y SINDICATOS POLICIALES

Con el fin de poder atender las necesidades operativas de varios puestos fronterizos, en el marco de la “Operación Paso del Estrecho OPE-2014” se ofertan las atribuciones temporales de funciones, desde el 15 de junio al 15 de septiembre de 2014, a funcionarios pertenecientes a la Escala Básica, segunda categoría, en las plantillas que se detallan a continuación:

 10 funcionarios (Puesto Fronterizo Puerto de Alicante).
 10 funcionarios (Puesto Fronterizo Aeropuerto de El Altet - Elche).
 18 funcionarios (Puesto Fronterizo Aeropuerto San Julián - Málaga).
 10 funcionarios (Puesto Fronterizo Puerto de Málaga).
 16 funcionarios (Puesto Fronterizo Puerto de Almería).
 12 funcionarios (Comisaría Local de Motril).
 20 funcionarios (Jefatura Superior de Policía de Melilla).
 20 funcionarios (Jefatura Superior de Policía de Ceuta).
 50 funcionarios (Comisaría Local de Algeciras).
 10 funcionarios (Puesto Fronterizo de Tarifa).

Se comunica que todo aquél que se encuentre interesado, deberá remitir instancia, acompañado de currículum vitae, vía fax (913227846) a la División de Personal (Sección de Puestos de Trabajo), renunciando a dietas y a cualquier reclamación económico-administrativa que se derive de la prestación de la atribución temporal de funciones, quedando los originales archivados en la oficina remitente. Serán excluidos aquellos funcionarios que se encuentren en la situación de suspensión firme o provisional de funciones.

Los funcionarios seleccionados preferentemente deberán tener conocimientos en materia de extranjería.

En lo que respecta al plazo para registrar las solicitudes finalizará el día 12 de mayo de 2014.

Para cualquier aclaración los funcionarios podrán dirigirse al teléfono 913227824/7825.

Madrid, 28 de abril de 2014
EL DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA, P.O
EL JEFE DE LA DIVISIÓN DE PERSONAL

CONVOCATORIA 29/2014 DIVISIÓN DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO – ESCUELA NACIONAL DE POLICÍA DE ÁVILA (R.S. Nº 21425)

DE: DIVISION DE PERSONAL

A: ORGANISMOS CENTRALES, JEFATURAS SUPERIORES DE POLICIA, COMISARIAS PROVINCIALES, LOCALES, CONJUNTAS, PUESTOS FRONTERIZOS, OFICINA DEL POLICÍA Y SINDICATOS POLICIALES.

Se convocan plazas de Profesor e Instructor en la Escuela Nacional de Policía de Ávila con carácter urgente, con el fin de poder desarrollar la actividad docente a plena satisfacción en los diferentes departamentos académicos, EN COMISIÓN DE SERVICIO VOLUNTARIA, SIN DERECHO A DIETAS E INDEMNIZACIÓN DE RESIDENCIA, de los diferentes puestos de trabajo que figuran en el anexo. 
Serán requisitos ineludibles para poder participar en esta convocatoria, junto con la instancia adjuntar un currículum vitae, poseer la antigüedad y los títulos académicos que se detallan en el anexo.
Las secretarías donde se registren las instancias grabarán la solicitud en Sigespol, a través del apartado reservado a los concursos específicos de méritos, en la convocatoria número 29/2014. A continuación, la documentación será enviada por fax (913227846) a esta División, quedando los originales archivados en la oficina remitente. No se tendrán en cuenta las instancias que no hayan sido grabadas en la aplicación informática Sigespol. Serán excluidos aquellos funcionarios que se encuentren en la situación de suspensión firme o provisional de funciones.

En lo que respecta al plazo para registrar las solicitudes finalizará el día 16 de mayo de 2014.
Para cualquier aclaración los funcionarios podrán dirigirse al teléfono 913227825/65.

Madrid, a 29 de abril de 2014
EL DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA, P.O
EL JEFE DE LA DIVISIÓN DE PERSONAL


ANEXO
A4145 1 W1S00000 ÁVILA
“Profesor Titular de Centros Docentes”
Inglés. Departamento de Ciencias Humanísticas
Título de licenciado en Filología inglesa, Grado en traducción e interpretación en inglés, C1 de la Escuela Oficial de Idiomas
3 años de antigüedad en el CNP
NIVEL 26
COMPLEMENTO 7913,16
ESCALA EJECUTIVA
NÚMERO DE VACANTE 000284
---------------------------------------------------------------------------------------------
A4140
NIVEL 20
COMPLEMENTO 7102,2
ESCALA BÁSICA Y SUBINSPECCIÓN
NÚMERO DE VACANTE 000285
---------------------------------------------------------------------------------------------
A4145 1 W1S00000 ÁVILA
“Profesor Titular de Centros Docentes”
Departamento de Ciencias Humanísticas
Título de Licenciado o Grado en Psicología, Sociología, Filosofía, Criminología o Trabajo Social.
3 años de antigüedad en el CNP
NIVEL 26
COMPLEMENTO 7913,16
ESCALA EJECUTIVA
NÚMERO DE VACANTE 000286
---------------------------------------------------------------------------------------------
A0517 1 W1S00000 ÁVILA
“Instructores Centros Docentes”
en Seguridad Vial Departamento de Tiro y Tecnología
Experiencia demostrada en conducción de vehículos policiales.
Estar en posesión y compromiso de mantener en vigor los permisos A1, A2, A, B y BTP
5 años de antigüedad en el CNP.
NIVEL 20
COMPLEMENTO 4327,44
ESCALA BÁSICA
NÚMERO DE VACANTE 000287

viernes, 25 de abril de 2014

CONVOCATORIA GRADO DE APTITUD FÍSICA 2014

Con el fin de agilizar el desarrollo de las pruebas, se solicita que los participantes lleven cumplimentado “con letra legible” el anexo 1.

CORREO ELECTRÓNICO
DE: DIVISIÓN DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO
A: DIVISIÓN DE PERSONAL, TODAS LAS DEPENDENCIAS
TEXTO:


Al objeto de dar cumplimiento a la convocatoria de las pruebas del GRADO DE APTITUD FÍSICA del Cuerpo Nacional de Policía, publicada en la Orden General 2042, de fecha 6 de Enero de 2014 y con el fin de llevar a cabo la realización de las pruebas correspondientes a la mencionada convocatoria, se participa lo siguiente:

- En cumplimiento de las normas que dicta la Convocatoria, las pruebas serán controladas en cada sede por el Delegado de Formación, funcionarios de las citadas sedes designados por dicho Delegado y por los funcionarios de la Sección de Deportes de esta División de Formación, que por tal motivo se desplazarán a la misma.

- Los Delegados de Formación de las sedes donde se celebren las pruebas, llevarán a efecto la convocatoria de los funcionarios que se presenten a las mismas, dentro de la fecha y hora que se
indican. 

- Atendiendo a los requisitos exigidos en el apartado 4 de las Bases de dicha convocatoria, se han fijado las sedes que a continuación se enumeran con indicación del lugar, día y hora en que se llevarán a efecto las pruebas.

SEDES

J.S.P DE ANDALUCIA ORIENTAL, SEDES:

1.- Málaga
Lugar: Polideportivo Arroyo de la Miel - C/ Orujo (Benalmádena)
Fecha: 13 de Mayo de 2014, a las 09:00 horas.

2.- Granada
Lugar: Avenida Lucilo Carvajal s/n (Albolote)
Fecha: Día 23 de Mayo de 2014, a las 11:00 horas.

3.- Almería
Lugar: Estadio Juegos del Mediterráneo C/ Santiago Martinez
Cabreras nº 5
Fecha: Día 6 de Mayo de 2014, a las 10:00 horas

J.S.P. DE MURCIA, SEDE:

1.- Murcia
Lugar: Estadio Municipal “Monte Romero”, Campus Universitario de
Espinado.
Fecha: Día 28 de Mayo de 2014, a las 09:00 horas.

J.S.P. DE MADRID y ORGANISMOS CENTRALES, SEDE:
1.- Madrid
Lugar: Centro de Altos Estudios Policiales.
Fecha: Días 27, 28 y 29 de Mayo de 2014, a las 9:00 horas


- Los funcionarios inscritos podrán presentarse en cualquiera de las sedes fijadas para las pruebas, en la fecha y hora que se determina presentando la documentación requerida:

· Certificado Médico expedido por Facultativo en el que conste el número de colegiado y que el funcionario se encuentra APTO para la realización de pruebas físicas. (Expedido en plazo inferior a 3 meses).

- Se identificarán mediante la exhibición del DNI o Carnet Profesional.

- No podrán realizar las pruebas aquellos que no cumplan estos requisitos o no se hayan inscrito de acuerdo a las bases de la convocatoria.

- La participación en las pruebas, por su carácter voluntario, no tendrán derecho a indemnización económica alguna como refiere el apartado 7 “Régimen económico” de la Orden General 1987, de fecha 7 de enero de
2013.

- Por el Jefe del Servicio Central Médico se darán las órdenes oportunas con el fin de que se designe personal sanitario con equipo adecuado, para atender incidencias que puedan surgir durante la realización de las mismas.


Madrid, 18 de Marzo 2014
EL JEFE DE LA DIVISIÓN,

CONFIRMACIÓN DE LA REMUNERACIÓN Y COMPENSACIÓN HORARIA PARA EL CNP EN LOS DISPOSITIVOS DE LAS ELECCIONES AL PARLAMENTO EUROPEO DEL PROXIMO DIA 25 DE MAYO


Con fecha 24 de abril de 2014, las organizaciones representativas del Cuerpo Nacional de Policía hemos sido convocados para ser informados oficialmente de las cantidades a percibir y las compensaciones a las que tienen derecho los funcionarios del CNP que presten servicio en el Dispositivo Especial de las Elecciones al Parlamento Europeo del próximo día 25 de mayo. 

La cuantía económica y la compensación para el dispositivo de las elecciones al Parlamento Europeo, es la misma que ya os informamos con fecha 27 de marzo de 2014, se acompaña documento adjunto.

 Se designarán 3 funcionarios por colegio electoral, de los cuales 2 estarán permanentemente de servicio.
 Tiempo para votar, hasta 4 horas.
 Retribución Extraordinaria 143,42€ para los funcionarios que presten servicio el día 25 de mayo o la noche del 24 al 25, integrados en el Dispositivo Electoral.
 La jornada de servicio extraordinario 62€.

Compensaciones por las modalidades de servicio:

 Servicio 24 horas (rotatorios), que presten servicio ordinario de M ó T el día 25, sin hacer uso de las 4 horas para votar, podrán optar por:
o Un día libre de servicio ó media jornada de servicio extraordinario

 Los incluidos en el Dispositivo Electoral, en la Noche del 24 al 25 (que no sean del servicio ordinario turnos-servicio noche), percibirán:
o Retribución extraordinaria de 143,42€ y un día libre (un turno de trabajo).

 Los incluidos en el Dispositivo Electoral del día 25, servicio en colegios electorales, durante toda la jornada electoral: percibirán:
o La retribución extraordinaria de 143,42€ y una jornada de servicio extraordinario de 62€ (de los 3 funcionarios, dos permanentes).

 Los incluidos en el Dispositivo Electoral que trabajen el día 25, en jornada de Mañana ó Tarde, sin hacer uso del tiempo para ejercer su derecho a voto durante el servicio, dispondrán:
o Retribución extraordinaria de 143,42€ y un día libre (un turno de trabajo).

 Servicio electoral día 25 de Tarde, y se ha trabajado en servicio ordinario la noche del 24 al 25, percibirán:
o Retribución extraordinaria de 143,42€ y un servicio extraordinario de 62 €. Además de un día libre (un turno de trabajo), en el caso de no utilizar el tiempo de su derecho a voto.

EL COMITÉ EJECUTIVO FEDERAL


jueves, 24 de abril de 2014

AQUELLOS MARAVILLOSOS AÑOS
















































CIRCULAR INFORMATIVA REUNION INFORMACION RESERVADA UIP

Madrid, 23 de abril de 2014


Como se había comunicado, en el día de hoy, a las 17.00 horas se ha celebrado una reunión con los sindicatos representativos del CNP, en la sede de la Dirección General de la Policía, a la que por  parte de la Administración han asistido: El Director General de la Policía –D. Ignacio Cosidó-, EL Director Adjunto Operativo –D. Eugenio Pino-, El Jefe de Planificación –D. David López Berciano  (Instructor de la información reservada incoada con ocasión de los sucesos del 22M).

Asistiendo por parte de nuestra Organización, el Secretario General y el Secretario de Organización y Finanzas.

En el transcurso de la misma, tanto el Director General, como el Director Adjunto, nos informaron de los siguientes extremos:

·      La información reservada ha sido concluida, con el resultado de: Inexistencia de responsabilidad disciplinaria atribuible a miembro alguno del CNP, al no observarse, INTENCIONALIDAD O NEGLIGENCIA. Acentuando, que en las manifestaciones de los compañeros lesionados, no señalan responsabilidades de sus mandos directos…

·      Se evidencian fallos en la COORDINACIÓN Y EJECUCIÓN del operativo policial del 22M.

·      Como medida inmediata se procede a “cambiar” de destino al responsable de la 1ª Unidad de Intervención Policial, con sede en Madrid.

·      En lo que afecta a las UIPs, se ha manifestado la decidida voluntad de la Dirección General, en paliar, las disfunciones, tanto a nivel de dotación material, como en la coordinación y ejecución de los dispositivos, materializándose en cursos de reciclajes para “mandos”, con parámetros evaluables cuya no superación supondrá el cese en la especialidad. Respecto al material, se están tramitando créditos extraordinarios, para la adquisición de pulsadores de emisoras compatibles con el uso de guantes tácticos, espinilleras, nuevos escudos, etc.

·      Por parte de  la Abogacía del Estado, se ha aceptado la personación en el procedimiento judicial abierto al respecto, en nombre de los 48 compañeros afectados que la han solicitado, sin perjuicio de las acciones llevadas en este mismo sentido por la UFP.

·      Se está avanzando en la elaboración de un Protocolo de Coordinación, con el Ayuntamiento de Madrid, al objeto de evitar injerencias competenciales por parte de Policía Municipal de Madrid, o bien disfunciones con Cuerpo de Bomberos u otros servicios asistenciales. El objetivo es un Mando Único en los centros de coordinación, a cargo del CNP, que dirija y coordine todos los operativos.

·      Por parte de la Dirección General, y en su intención de evitar tensiones innecesarias en el normal funcionamiento de las UIPs, a partir de esta fecha, nombra interlocutor directo con las organizaciones sindicales representativas al Director Adjunto Operativo, que resolverá cualquier controversia surgida en el seno de dichas unidades.

En la mencionada reunión, se habló, sin concretar datos, de la posible modificación en la estructura de las diferentes Unidades, entre las que se encontraría el aumento de subgrupos por unidad, el desdoblamiento de la de Madrid en dos unidades, y otras. De todo ello, os informaremos tan pronto como se concreten dichas medidas.

Por parte de la UFP, entendemos que las responsabilidades por los gravísimos acontecimientos del 22M, no pueden concluir con el “cambio de destino” del Jefe de la 1ª UIP, sino que dicha medida debe hacerse extensiva en sentido vertical hasta llegar al Comisario General de Seguridad Ciudadana, del que por cierto, no hemos podido saber a tenor de las informaciones recibidas dónde se encontraba, mientras apaleaban a los compañeros, lo que parece ser que si se confirma, es QUE NO ESTABA EN EL CENTRO DE COORDINACIÓN…




CEF






miércoles, 23 de abril de 2014

Propuestas de modificación al Anteproyecto de Ley Orgánica de régimen de Personal de la Policía Nacional.


Con referencia al requerimiento de del Comité Ejecutivo Federal, de fecha 19/04/2014 sobre aportaciones sobre modificaciones de la Ley de Personal. Por este Comité Ejecutivo Provincial, hacemos las siguientes consideraciones para hacerlas valer y que se modifique lo expuesto en el Anteproyecto de Ley Orgánica de régimen de Personal de la Policía Nacional.

PRIMERO.- Rechazo total al cambio de nombre de la Institución Policial, debiendo permanecer la denominación de CUERPO NACIONAL DE POLICÍA.

SEGUNDO.- Deberes y Código de conducta. Artículo 9 Deberes. Apartado s). Anular todo este apartado, ya que el derecho a elegir el lugar de residencia, viene consagrado en la Constitución Española en su Artículo 19, Libertad de Residencia y Circulación. Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional.

TERCERO.- Capitulo II. Organización. Artículo 17. Apartado 1.c Escala de Subinspección. Se crean dos categorías dentro de la citada escala. Subinspector y Subinspector Mayor.
Deberían: Aclarar donde encuadrarían al conjunto de subinspectores actuales dentro  de las futuras dos categorías. Especificar los requisitos para alcanzar la categoría de Subinspector Mayor.

CUARTO.- Artículo 19, Asignación de Funciones. Añadir al final de párrafo donde dice: y por el tiempo mínimo imprescindible. Qué período de tiempo se considera como TIEMPO MÍNIMO IMPRESCINDIBLE.

QUINTO.- TITULO IV, El ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía. Artículo 25, Principios rectores. Apartado 1. Donde dice: Dicho ingreso podrá efectuarse mediante el acceso a las categorías de Inspector y Policía, por el procedimiento de oposición libre, en los términos que se determine reglamentariamente. Anular resaltado en rojo. 
Tenemos que seguir defendiendo lo que hemos defendido siempre. Entrada única por la Escala Básica.

SEXTO.-  Artículo 26. Requisitos. Anular todo el apartado 4 por congruencia con el artículo 25.

SÉPTIMO. Capítulo I. Ordenación del Personal del Cuerpo Nacional de Policía. Artículo 45. Destinos. Apartado 2. En el mismo se establecen las edades del pase a la situación de segunda actividad.

Deberían: mantener la disposición transitoria sexta de la Ley 26/1994 de segunda actividad, introducida por la Ley 24/2001 de medidas fiscales, administrativas y del orden social; la cual posibilitaba a los Funcionarios que ingresaron en el CNP antes de la entrada en vigor de la citada Ley, el pase a la situación de segunda actividad a los 55 años (en el caso de la Escala Básica).

OCTAVO.- Capitulo II. Provisión de Puestos de Trabajo. Artículo 48. Movilidad. Apartado 1, donde dice: En todo caso la duración máxima de la comisión de servicios será de un año, transcurrido, el cual deberá publicarse, dentro de los seis meses siguientes, la convocatoria para la provisión del puesto de trabajo, según el sistema establecido.
Debería decir: En todo caso la duración máxima de la comisión de servicios será de seis meses transcurridos los cuales deberá publicarse la convocatoria para la provisión del puesto de trabajo, según el sistema establecido.

Artículo 50. Evaluación del desempeño. Anular todo el artículo.

Artículo 57. Excedencia voluntaria por interés particular. La concesión de esta excedencia quedará, en todo caso, subordinada a las necesidades del servicio, debidamente motivadas. No podrá declararse cuando el funcionario esté sometido a expediente disciplinario.
Anular todo lo remarcado en rojo.

NOVENO.- Capítulo III. Suspensión de funciones. Artículo 64. Suspensión Provisional. La suspensión provisional se podrá acordar por la incoación de un expediente disciplinario por falta grave o muy grave o como consecuencia del procedimiento, inculpación o adopción de alguna medida cautelar contra el imputado en un procedimiento penal, pudiendo prolongarse hasta un período de tiempo no superior a 6 meses. la terminación del procedimiento judicial. (Incluir subrayado y quitar lo marcado en rojo).
DÉCIMO.- Capítulo IV. Segunda Actividad. Artículo 66. Causas. Por haber cumplido las edades que se establecen en el artículo 45 y no haber optado por permanecer en la situación de activo en un puesto de trabajo de dirección y coordinación o de gestión y apoyo.
AÑADIR: Durante el tiempo en que el funcionario permanezca en situación de 2ª Actividad por razón de haber cumplido las edades que se establecen en el artículo 45, así como aquellos que por razón de edad han pasado a la situación de 2ª Actividad antes de la entrada en vigor de esta ley, y del mismo modo, aquellos que anterior a la entrada en vigor del Real Decreto Ley 14/2011, de 16 de septiembre, de medidas complementarias en materia de políticas de empleo y de regulación del régimen de actividad de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, hubieran pasado a la situación de 2ª actividad con carácter forzoso por razón de edad, le serán reconocidos todos los derechos inherentes por los años de servicio prestado al Cuerpo Nacional de Policía en la misma forma en que le son reconocidos al personal en activo.   

UNDÉCIMO.- TITULO XII. Bandera, Recompensa y Honores. CAPITULO I. Anular todos sus artículos. CAPITULO II. SE DEJA. CAPITULO III. Anular todos sus artículos. CAPITULO IV. Anular todos sus artículos. CAPITULO V. Anular todos sus artículos. CAPITULO VI. Anular todos sus artículos. CAPITULO VII. SE DEJA. CAPITULO VIII. SE DEJA. CAPITULO IX. SE DEJA.

DUODÉCIMO.- Capitulo X. Artículo 113. Funcionarios jubilados. Los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que hayan perdido dicha condición por jubilación, mantendrán la condición de miembro jubilado del Cuerpo, con la categoría que ostentaran en el momento de producirse esta. Podrán vestir el uniforme en actos institucionales y sociales solemnes, así como disponer del correspondiente carné profesional y conservar la placa emblema, previamente modificada, de acuerdo con lo que reglamentariamente se determine.

AÑADIR AL ARTÍCULO ANTERIOR, MUY IMPORTANTE: Los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que al cumplir la edad reglamentaria pasen a la situación de jubilados, y habiendo perfeccionado hasta ese momento al menos 40 años de servicio en el CNP, les será concedida la Cruz al Mérito Policial con distintivo Rojo, o su equivalencia a lo recogido es esta Ley, con las retribuciones que reglamentariamente correspondan. A los efectos para el computo de al menos 40 años de servicio efectivo al CNP, se tendrán en cuenta aquellos que hubiera permanecido en situación de 2ª Actividad, si esta se hubiera producido con carácter obligatorio al cumplir la edad reglamentaria para el pase a esta situación.