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miércoles, 31 de octubre de 2012

INSTRUCCIONES SOBRE DEVOLUCIÓN TARJETA SUBPROGRAMA DE ACCIÓN SOCIAL DE AYUDA AL TRANSPORTE EN FERROCARRIL (Convenio con RENFE)

El 31 de octubre de 2012 finaliza el actual Subprograma de Acción Social de Ayuda al Transporte en  Ferrocarril, según establece la Resolución de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil de 20 de julio de 2012, por la que se dispone la “aprobación del Programa de Acción Social para el ejercicio correspondiente al año 2012”, publicada en la Orden General número 1.957, de 28 de julio del mismo año, y se establecía un período de vigencia del 01 de noviembre de 2011 al 31 de octubre de 2012. En consecuencia, a partir del próximo 01 de noviembre los gastos de este tipo serán con cargo al mismo Subprograma para el año 2013.
Se solicita que por las Secretarías de cada Dependencia se proceda a devolver a partir del citado 01 de noviembre de 2012 las tarjetas retiradas a los funcionarios por rebasar el límite fijado en el período anterior, realizando la oportuna grabación en SIGESPOL de dicha entrega, según figura en el manual “GESTIÓN DE AVISOS/COMUNICADOS TARJETA DE RENFE” que se encuentra en el apartado MANUALES DE GESTION en WEBPOL.
Asimismo, se solicita que se informe específicamente a dichos funcionarios de las nuevas condiciones del citado Subprograma que son las mismas que en el anterior con las variaciones siguientes:

a)      PERIODO DE VIGENCIA:
De 01 de noviembre de 2.012 a 31 de octubre de 2.013.

b)      PORCENTAJE DE DESCUENTO EN LA ADQUISICIÓN DEL BILLETE DE TRANSPORTE:
Al adquirir el billete, se efectuará un descuento  del 10% sobre su precio total que será asumido, en nombre del funcionario, por la Dirección General de la Policía, con cargo al Subprograma de ayuda al Transporte en Ferrocarril, mientras que el restante 90% de su importe, será abonado por el adquiriente.

c)      EL PORCENTAJE DE DESCUENTO AL ADQUIRIR LOS BILLETES DURANTE EL PERIODO DEL CONVENIO, NO PODRA SUPERAR:
100,00 €.
En caso de rebasar dicho límite, se comunicará a los interesados, que deberán entregar la Tarjeta de viaje en la Secretaría de su Unidad de Destino, y no podrán volver a utilizarla durante el  período de vigencia establecido en el punto a).

d)      LIQUIDACIÓN ECONÓMICA:
Finalizado el período de vigencia fijado, la Dirección General de la Policía procederá a abonar a cada beneficiario de esta ayuda, hasta un máximo de 375 € (incluido el importe descontado en el momento de la adquisición y abonado a RENFE en su nombre).
Este importe se obtendrá aplicando un porcentaje sobre el importe total del billete (aplicados otros descuentos), que en ningún caso excederá del 65 %.
Esta liquidación se efectuará de modo que se agote el presupuesto fijado para este Subprograma.

Se significa que a aquellos funcionarios que rebasen el límite fijado de 100,00 € en los descuentos que se realizan cuando se adquieren los billetes durante el período del convenio, se les comunicará tal hecho, debiendo proceder a entregar la Tarjeta de Renfe que da derecho a estos beneficios en la Secretaría de su Plantilla, donde permanecerá en depósito hasta el inicio del siguiente período de vigencia de este Subprograma.


Madrid a 31 de octubre de 2.012




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