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domingo, 15 de agosto de 2021

Pensiones de clases pasivas para el 2021

La edad de jubilación es la principal diferencia entre los trabajadores en el régimen general de la Seguridad Social y los que se encuentran en el de las Clases Pasivas. Desde el 1 de enero de 2011 ningún nuevo funcionario puede formar parte del régimen de Clases Pasivas. La modificación legal que se produjo en su momento igualó a los trabajadores de uno y otro régimen en relación a la edad de jubilación.

Así, los funcionarios que pertenecen a ese régimen de clases pasivas acceden a la jubilación, de manera general, a la edad legal establecida: en 2021 es de 65-66 años.

¿Qué significa “régimen de clases pasivas”?


El Régimen de Clases Pasivas forma parte del Régimen especial de la Seguridad Social de los Funcionarios del Estado y garantiza la protección frente a los riesgos de vejez, incapacidad y muerte y supervivencia de determinados colectivos que prestan o han prestado servicios al Estado. El número de pensionistas de este régimen alcanza en 2020 las 637.213 personas.

¿Quién forma parte del Régimen de Clases Pasivas del Estado?


Actualmente hay 640.000 empleados públicos jubilados en las clases pasivas y aproximadamente 700.000 que siguen activos y cotizando en este régimen especial que está en extinción ya que los funcionarios contratados a partir de 2011 ya no se integran en él. De modo que, forman parte de este régimen quienes antes de esa fuera ya fueran:

• Funcionarios de carrera de la Administración General del Estado, de Justicia, de las Cortes Generales y los transferidos a las comunidades autónomas que no ingresen en cuerpos propios autonómicos
• Militares de carrera de las escalas de complemento, de tropa y marinería profesional y los cadetes, alumnos y aspirantes de las escuelas militares.
• Expresidentes, vicepresidentes y exministros del Gobierno de España y otros altos cargos.

Cálculo de la pensión de jubilación de las Clases Pasivas


El cálculo de la pensión de los funcionarios en las Clases Pasivas se hace mediante el haber regulador. Cada categoría o cuerpo del Estado cuenta con su propio haber regulador, que se modifica con cada Presupuesto General del Estado.

Para 2021, y con la subida del 0,9% sobre la cuantía real correspondiente del pasado año, queda de la siguiente manera:

A estos haberes reguladores se les aplican los siguientes porcentajes, en función de los años cotizados, ya sean al Régimen de Clases Pasivas del Estado o a cualquier otro régimen de la Seguridad Social.

Artículo extraido de 60 y mucho+.



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