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martes, 26 de noviembre de 2013

CÁLCULO DE RETRIBUCIONES EN SEGUNDA ACTIVIDAD

MADRID MENSAJE NUM. 91.983

DE: DIVISIÓN DE PERSONAL/SECRETARÍA GENERAL
A: TODAS LAS PLANTILLAS

ASUNTO: CÁLCULO DE RETRIBUCIONES EN SEGUNDA ACTIVIDAD
         
       
        Dado el gran volumen de funcionarios que diariamente se dirigen a las distintas habilitaciones provinciales de forma telefónica, la mayoría  para recabar información de las retribuciones que percibirían en la situación de segunda actividad y con el fín aligerar la carga de trabajo adicional que supone a los funcionarios destinados en las mismas el dar la información de inmediato, se informa que en fechas próximas estará en funcionamiento una nueva opción en el Portal de la Policía, dentro de la pestaña superior ECONOMICAS, Opción “Gestión de Nómina”, se dispondrá de una cuarta pestaña “Cálculo segunda actividad”, que informará sobre las retribuciones a percibir en esta situación.
Madrid a 25 de noviembre de 2012
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA DIVISIÓN DE PERSONAL

Fdo. Juan María CABO MANSILLA




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