martes, 31 de marzo de 2015
lunes, 30 de marzo de 2015
Orden General Número: 2113 de 30/03/2015
RESOLUCIÓN DE 18 DE MARZO DE 2015, DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA, POR LA QUE SE ANUNCIA LA CONVOCATORIA NÚMERO 29/2015,
PARA LA PROVISIÓN DE UN PUESTO DE TRABAJO DE JEFE UNIDAD CENTRAL DE
DELINCUENCIA ESPECIALIZADA Y VIOLENTA, A CUBRIR POR EL PROCEDIMIENTO DE LIBRE
DESIGNACIÓN.
RESOLUCIÓN DE 18 DE MARZO DE 2015, DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA, POR LA QUE SE RESUELVE EL CONCURSO ESPECIFICO
DE MÉRITOS NÚM. 8/2015, PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE JEFE GRUPO
OPERATIVO UNIDADES DE CABALLERÍA, EN DISTINTAS PLANTILLAS
RESOLUCIÓN DE 23 DE MARZO DE 2015, DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA, POR LA QUE SE RESUELVE DE FORMA DEFINITIVA EL
CONCURSO ESPECIFICO DE MÉRITOS NÚM. 71/2014, PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE
TRABAJO DE JEFE SUBGRUPO, JEFE EQUIPO Y PERSONAL OPERATIVO, UNIDADES DE
SUBSUELO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL, EN DISTINTAS
PLANTILLAS.
ACUERDO DE 27 DE MARZO DE 2015, DEL
TRIBUNAL CALIFICADOR DEL PROCESO SELECTIVO DE ASCENSO A LA CATEGORÍA DE
INSPECTOR JEFE DEL CUERPO NACIONAL DE POLICÍA, POR EL QUE SE HACE PÚBLICA LA
BAREMACIÓN DEFINITIVA ASIGNADA A LOS PARTICIPANTES QUE SUPERARON LAS PRUEBAS DE
APTITUD DEL PROCESO, EN LOS APARTADOS DE TITULACIONES ACADÉMICAS, ESTUDIOS
PROFESIONALES Y ANTIGÜEDAD.
LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA - REFORMA CÓDIGO PENAL - LEY ANTITERRORISTA
LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA
Excepto la parte de devoluciones en caliente, entra en vigor el 01/07/2015.
REFORMA DEL CÓDIGO PENAL.
Entra en vigor el 01/07/2015.
REFORMA CÓDIGO PENAL EN MATERIA DE DELITOS DE TERRORISMO.
Entra en vigor el 01/07/2015
Excepto la parte de devoluciones en caliente, entra en vigor el 01/07/2015.
REFORMA DEL CÓDIGO PENAL.
Entra en vigor el 01/07/2015.
REFORMA CÓDIGO PENAL EN MATERIA DE DELITOS DE TERRORISMO.
Entra en vigor el 01/07/2015
PRENSA
CIRCULAR JORNADA LABORAL 27/03/2015
En la mañana de hoy se ha celebrado una reunión de los sindicatos representativos del CNP con el Director General de la Policía y el Subdirector General de Recursos Humanos para avanzar en la regulación de la Jornada laboral de las Escalas Ejecutiva y Superior.
Días antes nos habían trasladado un borrador sobre el que empezar a trabajar y en el que había pocas mejoras que esperamos poco a poco podamos darle forma y avanzar en una jornada digna y conciliable con la vida familiar. La UFP ha solicitado que se nos traslade el borrador íntegro, con todo lo que la Administración pretende implantar y a partir de ahí negociaremos por partes hasta llegar a un acuerdo en su conjunto.
El Director General se ha comprometido a mandarnos un borrador completo el día 11 de junio, dándonos una semana para hacer alegaciones y comprometiéndonos a negociar durante el verano hasta alcanzar un acuerdo, si bien se podrán convocar reuniones previas sin el borrador para ir aclarando las pretensiones de cada parte.
Nuestra impresión es que la Administración quiere dejar demasiado flexible la regulación de la jornada en cada Unidad y la postura de UFP es la contraria, hay que acotarla al maximo y después negociar las posibles adaptaciones en cada unidad bajo el paraguas de la voluntariedad, no creemos que dejarlo en manos de la buena intencion de los responsables sea mejor que dejarlo en la buena voluntad de los subordinados, si hay que confiar, confiemos en los segundos.
En la UFP esperamos que este primer contacto en la regulación de los Jefes de Grupo y puestos superiores sea un punto de partida que marca los mínimos y que si bien mejora lo que tenemos, porque nadie entiende que se les haga trabajar todas las tardes, es a todas luces muy escaso, por ejemplo, pusimos sobre la mesa el caso de la C. L. de Andújar, donde un funcionario de la Escala Ejecutiva en labores de gestión realiza incidencias operativas, esto se produce porque no está regulado y por las palabras de los presentes entendemos que están en la misma línea.
La jornada de las Escalas Ejecutiva y Superior, igual que el resto de funcionarios debe tener regulado la duración máxima de la jornada y el mínimo de horas de descanso entre jornadas, que ya ha impuesto la Unión Europea, lo mismo con las incidencias que se deben regular y que parece que la intención es retribuirlas.
COMITÉ EJECUTIVO FEDERAL
viernes, 27 de marzo de 2015
jueves, 26 de marzo de 2015
CIRCULAR INFORMATIVA SEGURO DE ACCIDENTES COLECTIVOS UFP
Como ya sabéis hace unas semanas modificamos la póliza colectiva de accidentes de la UFP, incluyendo importantísimas mejoras que se destacan si se comparan con las que ofrecen otros sindicatos según reflejamos en el cuadro comparativo que se remitió. Dicho esto la póliza contiene un amplio abanico de protección a nuestros afiliados muy por encima de lo que se destaca en el reiterado cuadro, por tal motivo os adjunto el cuadro de condiciones generales y particulares de la póliza donde queda perfectamente acreditado la amplitud de cada una de las coberturas, el objeto de remitiros esta documentación es que vosotros la conozcáis y podáis informar correctamente a nuestros afiliados, pero en ningún caso os limitéis a dar traslado de la misma, a no ser que algún afiliado os lo solicite personalmente y esté justificado que le deis copia.
En el condicionado que os remito aparecen por una parte las definiciones que nos ayudan a entender la póliza por otra parte las exclusiones generales que nos indican que de producirse un siniestro en los supuestos que ellas contemplan la aseguradora no se haría cargo del mismo y finalmente la explicación de cada una de las garantías que la póliza nos cubre. En este último apartado hay un error en la póliza al señalar ¿QUÉ NO CUBRE?, se refiere erróneamente a las exclusiones generales recogidas en las páginas 7 y 8 de la póliza, cuando en realidad debería referirse a las páginas 9 y 10.
Finalmente indicaros que la gran ventaja de esta excelente póliza, es que nos permite incluir en la misma con idénticas coberturas que las que tienen nuestros afiliados, a familiares o personas relacionadas con los mismos, a quienes podremos incluir bajo la condición de afiliado honorario de la UFP, por un coste anual de 20 euros.
Las condiciones del afiliado honorario son:
Las condiciones del afiliado honorario son:
Comparativa coberturas seguro afiliados:
Las condiciones de la póliza del seguro de accidentes colectivos son las que siguen:
REUNION MANTENIDA CON EL GRUPO POPULAR SOBRE LAS NOVEDADES DE LA LEY DE PERSONAL
La Comisión de Interior del Partido Popular nos convocó a una reunión junto al resto de sindicatos representativos del CNP, para trasladarnos en qué punto se encuentra la tramitación de la Ley Orgánica de Régimen de Personal de la Policía Nacional y con qué cambios.
Ayer se aprobó el Dictamen y ahora hay 24 horas para emitir votos particulares, en unos 10 días nos remitirán un informe con las ponencias presentadas, las aprobadas, las inviables y las modificadas y los motivos por los que se tomaron esas decisiones.
A groso modo se puede resumir que se presentaron 175 enmiendas, si bien muchas estaban repetidas, del total se ha aprobado el 21%, que si eliminamos las repetidas ascendería a casi el 50%, lo que es síntoma del buen entendimiento que ha existido en esta Comisión, respetando siempre el espíritu con el que llego al Congreso, ya que no se trata de una Ley de iniciativa parlamentaria, se han limitado a mejorarla en lo que todos los Ministerios han permitido con sus informes los cuales han impedido incluir algunas de las enmiendas.
Este clima de cordialidad se ha mantenido hasta la votación en la que a pesar de todos los intentos y concesiones posibles solo ha contado con el apoyo del Grupo Popular, destacando que uno de los Grupos ha dedicado su intervención a hablar de Bárcenas, algo que no tiene nada que ver con el CNP y sus mejoras.
El 14 de abril se aprobará en el Pleno y se remitirá al Senado sobre el 16 de abril, allí se podrán incluir más enmiendas de las que se aporten y volvería al Congreso en junio, para que se apruebe definitivamente en este mes o a primeros de julio, según cuando coincida que se celebre el primer Pleno.
Esta premura en las fechas se debe a que sí se retrasa un poco es posible que no se apruebe la Ley en esta Legislatura, ya que es probable que el 25 de octubre se convoquen elecciones generales para celebrarlas el 13 de diciembre, con lo que no se puede producir ningún retraso.
A destacar entre las novedades de la tramitación:
• La eliminación de la Categoría de Comisario General.
• Se aumenta al 20% la reserva de plazas para tropa y marinería.
• Se ha reducido la pasarela a las Policías Autonómicas, eliminando a Guardia Civil y Policías Locales como se había oído.
• Se mantiene la doble denominación de Policía Nacional y Cuerpo Nacional de Policía.
• Las Escalas se denominaran sin distinguir entre sexos, (Subinspector, Comisarios…), mientras que los funcionarios si que habrá esta distinción, (Subinspector/subinspectora, Comisario/Comisaria…).
• Se mantiene la imposibilidad de sindicarse en sindicatos que no sean exclusivos del CNP.
• Se mantiene el ingreso en el CNP a través de las dos Escalas.
• Se mantiene el ascenso en todas las Categorías por antigüedad.
• No se puede asumir la rehabilitación de un Policía después de una condena, ya que lo impide los informes del Ministerio de Hacienda.
• Se flexibiliza la posibilidad de residir en distinta localidad sujetándose el permiso a la asistencia al servicio, con lo que será distinta en cada plantilla y se regulará en norma inferior.
• Se ha logrado asumir el seguro de responsabilidad civil.
• También se ha logrado que figure la equiparación de estudios.
La UFP, en palabras de su Secretario General, mantiene su compromiso de apoyo, fundamentalmente porque es necesaria para el colectivo y tiene muchas mejoras para sus miembros, pero ni mucho menos es perfecta, por lo que seguiremos trabajando en el Senado en lo que queda de tramitación y posteriormente en su desarrollo reglamentario.
Esta Ley no cumple con los objetivos que los Policías se habían marcado, refleja la división del CNP en dos áreas, la operativa y la de gestión, que han querido dejar su impronta y tenemos la sensación que en comparación con otros cuerpos seguimos perdiendo, nos aumentan el porcentaje de reserva de plazas del
ejercito e incluyen un puente para Policías Autonómicas, una de las dos debería suprimirse.
COMITÉ EJECUTIVO FEDERAL.
miércoles, 25 de marzo de 2015
Orden General Número: 2112 de 25/03/2015.
RESOLUCIÓN DE 23 DE MARZO DE 2015, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA, POR LA QUE SE CONVOCA CONCURSO GENERAL DE MÉRITOS NÚMERO 26/2015 PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO EN LAS ESCALAS DE SUBINSPECCIÓN Y BÁSICA EN DISTINTAS PLANTILLAS.
Vacantes puestos de trabajo en esta Dirección General de la Policía, dotados presupuestariamente, cuya provisión se estima conveniente en atención a las necesidades del servicio y a la consecución progresiva de la plantilla que se establece en el Catálogo de puestos de Trabajo del Cuerpo Nacional de Policía:
Esta Dirección General, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6.6 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; artículo 20 1.a) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por el artículo 1 de la Ley 23/1988, de 28 de julio, así como lo preceptuado en la Orden del Ministerio del Interior de 5 de octubre de 1989, por la que se establece el baremo de méritos para la provisión de puestos de trabajo por el procedimiento de concurso general de méritos y de conformidad con los artículos 16 y siguientes del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, aprobado por RD 997/1989, de 28 julio, ha dispuesto convocar concurso general de méritos para la provisión de los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo I, una vez cumplido el trámite establecido en el párrafo segundo del Art. 8.1 del ya citado Reglamento de dar conocimiento de las bases a la Comisión de Personal del Consejo de Policía.
El concurso, de acuerdo con el Art.14 y 23.2 de la Constitución Española y el artículo 67 de la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en la provisión de puestos y promoción profesional de los funcionarios, desarrollándose con arreglo a las siguientes:
B A S E S
1.- PUESTOS DE TRABAJO QUE SE CONVOCAN
Los que se relacionan en el ANEXO I de la presente Resolución, más las resultas que se produzcan en las plantillas convocadas (con alguna vacante o en las que figure 0), como consecuencia de la adjudicación de los puestos que se ofertan, conforme establece la base ocho de la convocatoria.
A los efectos de este concurso se entiende por resulta la vacante que se genera en la plantilla de origen o en la que estuviese destinado el aspirante que obtiene alguna de las vacantes convocadas en el presente concurso, siempre que el puesto que deje libre sea de los que se provee por concurso general de méritos.
El presente concurso general de méritos se publicará en la Orden General del Cuerpo Nacional de Policía.
2.- CONTENIDO DE LOS PUESTOS DE TRABAJO
Las funciones de estos puestos de trabajo son las determinadas en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; en el Real Decreto 1484/87, de 4 de diciembre, en lo relativo a funciones, Escalas y Categorías del Cuerpo Nacional de Policía, y en las demás disposiciones estatutarias en vigor reguladoras de la materia, así como las que se desprenden de la Orden INT/28/2013 de 18 de enero por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía.
3.- SISTEMA DE PROVISIÓN
Los puestos de trabajo se proveerán mediante concurso general de méritos, conforme lo establecido en el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, aprobado por Real Decreto 997/1989, de 28 de julio (B.O.E. número 185, de 4-8-89), en las presentes bases y en las demás disposiciones aplicables.
4.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
1.-Podrán participar todos los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía pertenecientes a la categoría que para puesto se indica, excepto los que se encuentren suspensos firmes de funciones o en situación de segunda actividad.
2.-. Los funcionarios con destino definitivo sólo podrán participar si, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último puesto de trabajo obtenido, con las excepciones previstas en los artículos 12 y 16 del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo.
3.- Podrán participar los funcionarios que se encuentren en la situación de servicios especiales y los que se encuentren en situación de excedencia por cuidado de familiares, si cumplen con el tiempo de mínima permanencia en el último destino obtenido. Los que se encuentren en excedencia voluntaria por interés particular y excedencia voluntaria por agrupación familiar, sin perjuicio de la posibilidad de reingresar al servicio activo a través de adscripción provisional, podrán también hacerlo mediante su participación en la presente convocatoria, si han transcurrido dos años en esta situación administrativa.
4.- Los funcionarios en servicio activo con destino provisional, por reingreso o supresión de plantilla, estarán obligados a participar en el presente concurso. En el caso de que no concursaren o no fueran destinados a las plazas solicitadas podrán serles adjudicados cualquiera de los puestos de trabajo que resulten desiertos.
5.- Los funcionarios que se encuentren en comisión de servicio en puestos de general de méritos en alguna de las plantillas que se relacionan en el Anexo I, están obligados a solicitar el destino que ocupan. En caso de no solicitarlo, la División de Personal podrá denegar la prórroga de la comisión.
6.- Los funcionarios destinados en el Grupo Especial de Operaciones (GEO), Unidades de Intervención Policial (UIP) y Profesores de Centros Docentes de la División de Formación y Perfeccionamiento, podrán participar si cumplen con el tiempo de mínima permanencia, tanto en la Unidad donde prestan sus servicios, como en la última que hubiesen conseguido durante el tiempo de su adscripción.
(Art. 12 y 15 del RD 997/1989).
7.- A tenor de lo regulado en el apartado segundo de la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía, los ascendidos tras los procesos de promoción interna, quedan eximidos del requisito del tiempo de mínima permanencia de un año de los destinos que obtuvieron y podrán concursar a los puestos de trabajo ofertados. No obstante, sólo podrán serle adjudicados aquellos puestos de trabajo no cubiertos por los funcionarios a los que no se les aplique dicha excepción.
8.- Podrán solicitarse cuantos puestos de trabajo se incluyan en el Anexo I, siempre que a la fecha de finalización del plazo de solicitudes se reúnan los requisitos y condiciones que en estas Bases se establecen.
5.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes para tomar parte en este concurso se formularan en el plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en la Orden General, mediante comparecencia de los interesados en la secretaría de la Unidad Policial en que están destinados, donde tras su grabación en Sigespol les será entregado un justificante de su participación.
Los concursantes en su comparecencia relacionarán los puestos que solicitan por orden de preferencia, aunque figure 0 en el anexo de convocatoria. Una vez terminado el plazo de presentación de instancias no se aceptarán modificaciones a la petición inicial.
Los funcionarios procedentes de la situación de excedencia, aportarán en su comparecencia la declaración de no haber sido separados del servicio en la Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el cargo público, que será remitida por las Unidades de Gestión antes citadas al Servicio de Concursos y Baremación de la División de Personal.
En el supuesto de estar interesados en los puestos de trabajo que se anuncian en el Anexo I, del presente concurso, dos funcionarios que reúnan los requisitos exigidos, podrán condicionar sus peticiones, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambos obtengan destino en este concurso, en el mismo municipio, entendiéndose en caso contrario anuladas sus peticiones. Los funcionarios que se acojan a esta petición condicional, deberán concretarlo en su petición y solicitarlo mediante escrito dirigido a la División de Personal, Servicio de Concursos.
6.- ACREDITACIÓN DE MÉRITOS
Los requisitos y méritos deberán estar referidos a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias en la sede del órgano convocante y mantenerlos durante la tramitación del presente concurso, no siendo necesario su acreditación si constan en su expediente personal.
La División de Personal remitirá a cada uno de los solicitantes una relación de todos los méritos obrantes en su expediente personal, que serán computables a efectos de baremo.
Si la relación de méritos remitida estuviere incompleta a juicio del peticionario, éste podrá acreditar por cualquier medio de prueba admisible en Derecho, aquellos hechos no contenidos en la certificación. A tal efecto, los medios de prueba, se remitirán al Servicio de Concursos y Baremación de la División de Personal, vía fax, al número 91.322.78.46.
7.- VALORACIÓN DE MERITOS
Para el baremo de los méritos se tendrá en cuenta la antigüedad, las recompensas profesionales y los servicios profesionales específicos, puntuando según lo regulado en la Orden del Ministerio del Interior de 5 de octubre de 1989 (B.O.E. núm. 251, de 19 de octubre de 1989).
El valor global de los distintos conceptos del baremo para el concurso general de méritos estará constituido por 150 puntos, no pudiendo superar las puntuaciones por antigüedad los 105 puntos, los de recompensas profesionales los 10, y los servicios profesionales específicos 35 puntos.
Los concursantes que aleguen los méritos del apartado 3.6, del anexo de la Orden de 5 de octubre de 1989 y carezcan de la titulación oficial del idioma comunitario utilizado, deberán superar las pruebas que puedan establecerse por la División de Formación y Perfeccionamiento.
En el supuesto de que en un mismo año se hubiesen desempeñado más de un puesto de trabajo de diferente puntuación, de los que se indican en el apartado 3 del anexo de la Orden de baremo antes citada, se computará todo el tiempo como si se hubiese prestado en el de mayor puntuación.
8.- ADJUDICACIONES DE DESTINO
1º.- Las vacantes convocadas en el Anexo I, más las resultas que se generen en estas plantillas, se adjudicarán a los funcionarios con mayor puntuación conforme se establece en los apartados 2 y 3 de la presente base.
2º.- Se formaran dos grupos, incluyéndose en el primero las peticiones de aquellos funcionarios que aleguen y acrediten alguno de los derechos preferentes recogidos en el artículo 21 del Reglamento, que se encuentren vigentes. Estas peticiones se ordenarán teniendo en cuenta la prelación de derechos que se establecen en dicho precepto y, dentro de cada tipo de derecho preferente, se ordenará de mayor a menor puntuación acreditada, a efectos de baremo.
En el grupo segundo se incluirán al resto de peticionarios, ordenados de igual manera, de mayor a menor puntuación, según baremo.
Se comenzará adjudicando los puestos de trabajo a los funcionarios del grupo 1º (derechos preferentes) y una vez finalizada su adjudicación, se continuará con los del grupo 2º, quedando desiertos los puestos de trabajo no adjudicados.
3.- En caso de empate en la puntuación final, en cualquiera de los grupos, la igualdad se dirimirá atendiendo, por este orden: a la antigüedad en la categoría respectiva, a la antigüedad en el Cuerpo, al tiempo de permanencia en las zonas de especial conflictividad, al resto de los servicios profesionales específicos en el orden que figuran en el anexo de la Orden 5 de octubre de 1989 y a la prioridad en la relación escalafonal.
4.- No se admitirán renuncias a la participación en el presente concurso pasados diez días naturales desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo que se hubiera obtenido otro puesto de trabajo mediante convocatoria pública o el funcionario fuera seleccionado para la realización un curso de especialización cuyo acceso al mismo exija tal condición. En ambos casos, únicamente se admitirán las renuncias que tengan entrada en la División de Personal hasta el día anterior a la firma de la Resolución que resuelve la presente convocatoria.
La renuncia se efectuará mediante instancia debidamente firmada por el interesado y registrada oficialmente. Una vez tramitada la renuncia a la participación en el concurso, se perderán todos los derechos o expectativas de destino generadas como consecuencia de la participación en la presente convocatoria. En ningún caso se aceptarán contra-renuncias a la renuncia ya tramitada.
5.- Los destinos adjudicados definitivamente son irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo posesorio se hubiera obtenido otro puesto de trabajo mediante convocatoria pública, quedando obligado el interesado, en este caso, a comunicarlo por escrito a la División de Personal.
6.- Los destinos adjudicados se consideran de carácter voluntario, y en consecuencia, no generarán derecho a indemnización por concepto alguno.
9.- RESOLUCIÓN
El concurso, designando a los funcionarios adjudicatarios, se resolverá por Resolución de la Dirección General de la Policía, en el plazo de dos meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de instancias.
El plazo de toma de posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si radica en la misma localidad o si aún radicando en localidad distinta no implica cambio de residencia del funcionario y de un mes si comporta cambio de localidad y residencia o supone el reingreso al servicio activo.
Se entenderá que no concurren las circunstancias que dan lugar a la apertura del plazo de toma de posesión indicado anteriormente, cuando el funcionario resulte adjudicatario del puesto que venía desempeñando con carácter provisional.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los siete días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución en la Orden General.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos. No obstante, para los funcionarios que se encuentren en situación de licencia de enfermedad, se diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que por ello finalice la licencia que tengan concedida.
Por el titular del Centro Directivo se podrá prorrogar el cese por necesidades del servicio, hasta veinte días hábiles, en tal caso, deberá hacerse constar dicho acuerdo en la Resolución del Concurso o en la que de manera expresa se dicte.
A todos los efectos el plazo posesorio se considerará como de servicio activo.
10.- RÉGIMEN ECONÓMICO
De la participación en el presente concurso y de la realización de las pruebas que pudiera conllevar la misma, no se deriva derecho a percibir indemnización económica alguna (Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio).
11.- NORMA FINAL
Contra la presente Resolución y los actos derivados de la misma, que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Director General de la Policía en el plazo de un mes, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/99, de 13 de enero que la modifica; o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el Tribunal correspondiente, según lo dispuesto en los artículos 25, 26,45 y 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 23 de marzo de 2015
EL DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA
Ignacio Cosidó Gutiérrez
-o0o-
martes, 24 de marzo de 2015
CONVOCATORIA PRUEBAS DEL GRADO DE APTITUD FÍSICA 2015.
CORREO ELECTRÓNICO
DE: DIVISIÓN DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO
A: DIVISIÓN DE PERSONAL, TODAS LAS DEPENDENCIAS
TEXTO:
Al objeto de dar cumplimiento a la convocatoria de las pruebas del GRADO DE APTITUD FÍSICA del Cuerpo Nacional de Policía, publicada en la Orden General 2104, de fecha 2 de Febrero de 2015 y
con el fin de llevar a cabo la realización de las pruebas correspondientes a la mencionada convocatoria, se participa lo siguiente:
- En cumplimiento de las normas que dicta la Convocatoria, las pruebas serán controladas en cada sede por el Delegado de Formación, funcionarios de las citadas sedes designados por dicho Delegado y por los funcionarios de la Sección de Deportes de esta División de Formación, que por tal motivo se desplazarán a la misma.
- Los Delegados de Formación de las sedes donde se celebren las pruebas, llevarán a efecto la convocatoria de los funcionarios que se presenten a las mismas, dentro de la fecha y hora que se indican.
- Atendiendo a los requisitos exigidos en el apartado 4 de las Bases de dicha convocatoria, se han fijado las sedes que a continuación se enumeran con indicación del lugar, día y hora en que se llevarán a efecto las pruebas.
SEDES
J.S.P DE ANDALUCIA ORIENTAL, SEDES:
1.- Málaga
Lugar: Polideportivo Arroyo de la Miel (Benalmádena) .
Fecha: 13 de Mayo de 2015, a las 09:00 horas.
2.- Granada
Lugar: Polideportivo Lucilo Carbajal s/n Albolote.
Fecha: Día 14 de Mayo de 2015, a las 10:00 horas.
3.- Almería
Lugar: Estadio Juegos del Mediterráneo C/ Santiago Martinez Cabreras nº 5
Fecha: Día 19 de Mayo de 2015, a las 10:00 horas
Los funcionarios inscritos podrán presentarse en cualquiera de las sedes fijadas para las pruebas, en la fecha y hora que se determina presentando la documentación requerida:
· Certificado Médico expedido por Facultativo en el que conste el número de colegiado y que el funcionario se encuentra APTO para la realización de pruebas físicas. (Expedido en plazo inferior a 3 meses).
· Se identificarán mediante la exhibición del DNI o Carnet Profesional.
· No podrán realizar las pruebas aquellos que no cumplan estos requisitos o no se hayan inscrito de acuerdo a las bases de la convocatoria.
· La participación en las pruebas, por su carácter voluntario, no tendrá derecho a indemnización económica alguna como refiere el apartado 7 “Régimen económico” de la Orden General 1987, de fecha 7 de enero
de 2013.
Por el Jefe del Área Sanitaria de la División de Personal se impartirán las instrucciones necesarias a fin de dar cobertura médica a las Sedes que lo necesiten en razón de la disponibilidad de personal facultativo.
Madrid, 17 de Marzo 2015
EL JEFE DE LA DIVISIÓN,
Orden General Número: 2111 de 23/03/2015
RESOLUCIÓN DE 9 DE MARZO DE 2015, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA, POR LA QUE SE ANUNCIA LA CONVOCATORIA PÚBLICA NÚM. 25/2015, PARA LA PROVISIÓN DE DISTINTOS PUESTOS DE TRABAJO, A CUBRIR POR EL PROCEDIMIENTO DE LIBRE DESIGNACIÓN.
RESOLUCIÓN DE 17 DE MARZO DE 2015, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA, POR LA QUE SE RESUELVE CONCURSO GENERAL DE MERITOS NUMERO 12/2015, PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO EN LA CATEGORÍA DE INSPECTOR JEFE DEL CUERPO NACIONAL DE POLICÍA, EN DISTINTAS PLANTILLAS.
ACUERDO DE LA DIVISIÓN DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO, DE 16 DE MARZO DE 2015, POR EL QUE SE PUBLICA LA LISTA DEFINITIVA DE FUNCIONARIOS ADMITIDOS A LA REALIZACIÓN DEL “XVII CURSO DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE ACTUALIZACIÓN”, PREVIO A LA PARTICIPACIÓN EN LAS PRUEBAS DE APTITUD DE LOS PROCESOS SELECTIVOS DE ASCENSO POR LA MODALIDAD DE ANTIGÜEDAD SELECTIVA, Y SE LES CONVOCA A LAS PRUEBAS DE EVALUACIÓN DEL MISMO.
jueves, 19 de marzo de 2015
miércoles, 18 de marzo de 2015
R.S. Nº. 19160/2015 CONVOCATORIA PARA CUBRIR PUESTOS DE TRABAJO EN LA JEFATURA SUPERIOR DE POLICIA DE MELILLA
DE: DIVISION DE PERSONAL
A: ORGANISMOS CENTRALES, JEFATURAS SUPERIORES DE POLICIA, COMISARÍAS
PROVINCIALES, COMISARÍAS LOCALES, COMISARÍAS CONJUNTAS, PUESTOS FRONTERIZOS, OFICINA DEL POLICÍA Y SINDICATOS POLICIALES
Se convocan 20 vacantes para cubrir puestos de trabajo en la Jefatura Superior de Policía de Melilla, en Atribución Temporal de Funciones, sin derecho a dietas yn una duración inicial de seis meses.
Podrán participar funcionarios pertenecientes a la Escala Básica, principalmente Policías. Se valorarán conocimientos en el ámbito de Extranjería y Fronteras.
Se comunica que todo aquél que se encuentre interesado deberá remitir instancia acompañada de un currículo (en donde se recojan aspectos relacionados con la formación y experiencia en la materia referida), vía fax (913227846), a la División de Personal (Sección de Puestos de Trabajo), renunciando a las dietas que se deriven de la prestación de la atribución temporal de funciones, quedando los originales archivados en la oficina remitente. Serán excluidos aquellos funcionarios que se encuentren en la situación de suspensión firme o provisional de funciones.
En lo que respecta al plazo para registrar las solicitudes finalizará el día 25 de marzo de 2015.
Para cualquier aclaración los funcionarios podrán dirigirse al teléfono 913227824.
Madrid, 17 de marzo de 2015
EL DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA, P.O
EL JEFE DE LA DIVISIÓN DE PERSONAL
martes, 17 de marzo de 2015
Orden General Número: 2110 de 16/03/2015
CIRCULAR NÚMERO 1/2015, DE 16 DE MARZO, DEL 2015 SOBRE COMPETENCIAS EN MATERIA DE PRENSA, RELACIONES CON LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y LAS REDES SOCIALES.
RESOLUCIÓN DE 2 DE MARZO DE 2015, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA, POR LA QUE SE CONVOCA PROCESO SELECTIVO DE ASCENSO A LA CATEGORÍA DE INSPECTOR JEFE DEL CUERPO NACIONAL DE POLICÍA.
viernes, 13 de marzo de 2015
jueves, 12 de marzo de 2015
miércoles, 11 de marzo de 2015
martes, 10 de marzo de 2015
CIRCULAR ELECCIONES AUTONOMICAS Y MUNICIPALES 2.015
En la mañana de hoy se ha celebrado en la Dirección General de la Policía una reunión solicitada por la UFP para que se nos informen del dispositivo establecido para las elecciones autonómicas de Andalucía y las compensaciones que tendrán cada uno de los policías que participe en las mismas. A falta de la firma del DAO, las compensaciones serán las mismas que se establecieron en procesos electorales pasados.
1. Los policías que participen en el DISPOSITIVO ELECTORAL de mañana o tarde, que no hagan uso de de las 4 horas para ir a votar, percibirán 143,42 euros y una jornada de mañana o tarde libre. Si además trabajaron la noche anterior, percibirán un servicio extraordinario.
2. Los policías que participen en el DISPOSITIVO ELECTORAL, en la noche del 21 al 22 de marzo, percibirán 143,42 euros y una jornada de mañana o tarde libre.
3. Los 3 Policías que participen en el DISPOSITIVO ELECTORAL presentes en el colegio, durante el día 22 entero, percibirán 143,42 euros, más un servicio extraordinario, más las 4 horas libres para ir a votar.
4. Los policías que NO participen en el DISPOSITIVO ELECTORAL pero trabajen en su servicio ordinario ese domingo aunque no estén a turnos, podrán escoger igualmente entre percibir, medio servicio extraordinario o un día libre de mañana o de tarde.
Esto será de aplicación tanto para las elecciones Autonómicas de Andalucía de 22 marzo, como para las Municipales y Autonómicas previstas para el 24 de mayo y la compensación de los días libres se concederá preferentemente en los 15 días siguientes a la celebración del proceso electoral pertinente.
COMITÉ EJECUTIVO FEDERAL
lunes, 9 de marzo de 2015
Orden General Número: 2109 de 09/03/2015
ACUERDO de Cooperación en la lucha contra la delincuencia, en particular, el terrorismo, el tráfico ilícito de estupefacientes y la delincuencia organizada entre el Reino de España y Bosnia y Herzegovina, hecho en Madrid el 3 de marzo de 2011.
RESOLUCIÓN DE 27 DE FEBRERO DE 2015, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA, POR LA QUE SE RESUELVE EL CONCURSO ESPECIFICO DE MÉRITOS NÚM. 79/2014, PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE ESPECIALISTA EN POLICIA CIENTIFICA Y ESPECIALISTA SUBINSPECTOR EN POLICIA CIENTÍFICA, EN DISTINTAS PLANTILLAS.
RESOLUCIÓN DE 4 DE MARZO DE 2015, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA, POR LA QUE SE RESUELVE EL CONCURSO GENERAL DE MERITOS NÚMERO 7/2015, PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO EN DISTINTAS PLANTILLAS, A CUBRIR POR FUNCIONARIOS ASCENDIDOS A LA CATEGORÍA DE OFICIAL DE POLICÍA.
RESOLUCIÓN DE 25 DE FEBRERO DE 2015, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA, POR LA QUE SE CONVOCA PROCESO SELECTIVO DE ASCENSO A LA CATEGORÍA DE COMISARIO DEL CUERPO NACIONAL DE POLICÍA.
RESOLUCIÓN DE 03 DE FEBRERO DE 2015, DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE SEGURIDAD, POR LA QUE SE ACUERDA AUTORIZAR EL USO DEL DISTINTIVO DE PERMANENCIA EN LA SECRETARÍA DE ESTADO DE SEGURIDAD.
viernes, 6 de marzo de 2015
CURSOS del INAP: CURSO DE INGLÉS ON LINE Y ACCIONES FORMATIVAS EN TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y BUEN GOBIERNO.
Estimados/as Compañeros/as:
Los días 2 y 3 de marzo se ha publicado en la página web del INAP el curso de inglés on line dirigido a los empleados públicos de la Administración General del Estado, cuyo plazo de presentación de solicitudes es hasta el día 17 de marzo de 2015:
Asimismo se han publicado acciones formativas para el primer semestre en materia de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, cuyo plazo de inscripción está abierto hasta el 18 de marzo:
jueves, 5 de marzo de 2015
Resolución de 27 de febrero de 2015, de la Secretaria de Estado de Administraciones Públicas, por la que se reconoce un dia de permiso adicional al personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos por la coincidencia en Sábado de un festivo nacional no recuperable y no sustituible en 2015.
lunes, 2 de marzo de 2015
REUNION CON EL DIRECTOR GENERAL DE MUFACE
En respuesta a la incertidumbre que se ha suscitado en el colectivo del Cuerpo Nacional de Policía y en general en todos los funcionarios del Estado por las noticias de desaparición, de recortes presupuestarios, de recortes de prestaciones en MUFACE, de no prestación de los servicios de oncología y demás rumorología, la UFP acompañada por el representante de FSP-UGT en el Consejo General de MUFACE se reunió el pasado 23 de febrero con Don Gustavo Blanco Fernández, Director General de MUFACE y con Doña Mercedes González Subdirectora de Prestaciones Sanitarias para contrastar algunas informaciones que se vienen publicando y fruto de esta reunión el Director nos trasladó por carta la actual situación en MUFACE y su disposición a proteger a todos los mutualistas, carta que se adjunta a esta circular.
A lo largo de la misma hemos intentado recabar información solvente, seria y rigurosa sobre la situación real de MUFACE y sobre algunas de las incertidumbres citadas que se están divulgando en las últimas semanas. Por otra parte hemos intentado impulsar compromisos para resolver algunas de las cuestiones puntuales que afectan a nuestro colectivo policial, entre ellas un aumento de presupuesto para el próximo ejercicio y que ya se está trabajando en él.
El Director General nos informó tajantemente que no es cierto que MUFACE esté en quiebra y que pueda desaparecer. A modo de ejemplo refirió la carta de felicitación del Colegio Oficial de Farmacéuticos que ha remitido a MUFACE por ser prácticamente el único que, en el ámbito de la Administración, mantiene con regularidad el pago de medicamentos a las farmacias, algo que no tendría sentido en una situación tan catastrófica como se comenta. Por otra parte se nos comentó el esfuerzo que se está desarrollando para asumir los elevados costes de algunos fármacos necesarios para el tratamiento de determinadas enfermedades graves y muy complicadas. Por poner un ejemplo el famoso fármaco necesario para combatir la Hepatitis C, tan demandados en otros colectivos y que se está suministrando a los afectados mutualistas de MUFACE, así como aquellos otros de nueva generación.
Con estos datos el Director General de MUFACE ha expresado lo que, a su juicio, es síntoma inequívoco de que la asistencia sanitaria prestada por MUFACE no busca la rentabilidad económica y que los criterios de búsqueda de la eficiencia derivados de la situación general del país y de las instrucciones de política económica emanadas del Gobierno, no han supuesto que MUFACE bajara el listón de los objetivos esenciales que sobre asistencia sanitaria a los mutualistas tiene la entidad.
A tenor de la información recibida observamos que existe un hecho que planea sobre el sector sanitario y muy en especial sobre el sector hospitalario, y es que la sanidad privada está en periodo de cambio y sometida a un proceso de reordenación.
Se está produciendo una concentración hospitalaria en capitales grandes como Madrid y en este proceso ha irrumpido un fondo de de inversión norteamericano, que ha afectado a los grupos hospitalarios más importantes existentes en nuestro país (como lo es el Grupo Quirón, que se ha desatado la polémica actual).
Se está modificando el modelo de asistencia sanitaria privado tal como lo conocemos y se está pretendiendo
imponer un modelo de coste por tratamiento y no por póliza. Y esto significa que se camina a un sistema en el que el cliente (potencial enfermo) es clasificado mediante el esquema de coste/rentabilidad.
Estos movimientos de fusión empresarial que se están produciendo en el sector sanitario, están siendo objeto de debate en la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia para verificar si afectan a la normativa vigente en nuestro país. Lo cierto es que el impacto de la reordenación ha producido efectos entre los actores del mercado sanitario privado. Entre otros efectos, uno de ellos, es la creación de un nuevo marco de relación entre entidades aseguradoras médicas y los hospitales con los que estas entidades contratan la prestación de los servicios que figuran en el concierto que las aseguradoras mantienen con MUFACE. Algún nuevo grupo hospitalario derivado de la reordenación citada ha replanteado unas nuevas condiciones con las aseguradoras con una política de precios muy agresiva y de ahí ha surgido la madre del conflicto, ASISA y ADESLAS han recortado sus servicios en el Grupo Quirón, mientras DKV las mantiene, y de este conflicto al final, inteligentemente, las empresas privadas (hospitales por un lado y entidades aseguradoras por otro) han sabido encauzar a través de los más débiles en esta historia, es decir, los enfermos, transmitiéndoles informaciones distorsionadas sobre unas supuestas modificaciones en el Concierto que mantienen con MUFACE, para que sean los mutualistas y sus sindicatos los que presionen para conseguir unas condiciones mejores en las primas que MUFACE abona a cada aseguradora.
Una síntesis de la situación sería la siguiente. el sector privado hospitalario está presionando a las aseguradoras, para conseguir una mayor remuneración de sus servicios, estas a su vez tienen el problema de que han firmado un Concierto (al que han acudido voluntariamente) con MUFACE con unos requisitos determinados en las que deben garantizar la asistencia sanitaria a los beneficiarios de MUFACE en condiciones de calidad que están establecidas en el catalogo de prestaciones que la Mutualidad tiene definidas (como mínimo las mismas que tienen los ciudadanos que tienen su asistencia médica a través del Sistema Público y en algunos casos, con prestaciones superiores). Y de la guerra entre hospitales y entidades aseguradoras aparece la solución para los contendientes, presionar a MUFACE para que eleve las primas que vienen contempladas en cada Concierto, utilizando en esa pelea al más fácil de utilizar, el mutualista y especialmente el mutualista enfermo que se encuentra actualmente en tratamiento, al que se está utilizando (de momento y que sepamos en casos contados). Los afectados en escenario actual de esta guerra hospitales y entidades aseguradoras está compuesto por aproximadamente 500.000 mutualistas
afiliados a ASISA, la misma cantidad aproximada en ADESLAS y algo más de 200.000 en DKW. Son muchos mutualistas a los que utilizar para trasladar la presión de una guerra empresarial ante la Mutualidad de los funcionarios civiles del Estado.
Es en ese sentido apuntado en el que UFP quiere plantear la cuestión sobre la problemática actual de los compañeros afiliados a MUFACE de nuestro colectivo. No vamos a parar en nuestro objetivo de conseguir que el colectivo que representamos tenga una asistencia sanitaria de calidad y con todas las garantías. Así se lo hemos trasladado a la Dirección de la Mutualidad.
Le hemos dicho asimismo que UFP no quiere ser cómplice en ninguna guerra entre los ámbitos privados (entidades aseguradoras y hospitales) porque nuestro único interés es la defensa de nuestros compañeros. Y en esa línea estarán nuestras actuaciones. La UFP no va a entrar en una campaña de salvación de los ámbitos privados sanitarios, porque tenemos claro que es MUFACE quien debe dirimir los problemas de relación que existan entre las partes, lo que le exigimos a MUFACE es que exija a su vez a las entidades con las que concierta, un respeto escrupuloso de las clausulas del concierto entre ellas y MUFACE y que si alguna entidad tiene problemas con algún grupo hospitalario (como viene siendo el caso que ha provocado esta polvareda actual) que lo resuelva dentro del marco de relación entre empresas privadas.
En resumen, MUFACE solo se encarga de garantizar la prestación de una cobertura sanitaria total, “como mínimo” igual que la marcada por el Servicio Nacional de Salud y que se está cumpliendo con más coberturas de las exigidas. Lo que ocurre es que MUFACE no puede exigir que estas prestaciones se presten por uno u otro médico u hospital, y tampoco pueden exigir que las entidades den las mismas coberturas que dan a otros asegurados fuera de MUFACE, como está ocurriendo en algún caso y que pusimos de manifiesto, si bien, reconociendo el Director que son situaciones que pueden ocurrir también es verdad que en esos casos las aseguradoras no le renuevan la póliza al asociado si padecen una enfermedad grave o no les admiten si tienen más de 60 años, es decir, que como es lógico, en esos casos, prima el negocio.
Por otra parte, El Director de MUFACE se comprometió personalmente con UFP a solucionar cualquier problema que a este respecto pudiera tener algún compañero invitándonos a trasladarle personalmente todos los casos de los que tengamos conocimiento y abrir una Comisión Mixta para sancionar a la entidad incumplidora.
Paradójicamente y pese al ruido existente lo cierto es que, de momento, los sindicatos con presencia en el Consejo de MUFACE solo han trasladado 3 casos en toda España (uno desde la FSP-UGT) teniendo en cuenta que el colectivo mutualista de MUFACE lo componen alrededor de 1,5 millones de funcionarios. De momento las reclamaciones habidas como consecuencia de la renovación del Concierto entre MUFACE y las entidades aseguradoras ASISA, ADESLAS y DKV son menos incluso de la media habida en otros años en los que se ha producido la renovación del Concierto. Es por eso por lo que parecería que la polémica existente parece estar fundamentada en otros objetivos que no están relacionados con una supuesta quiebra de MUFACE ni una decisión de la mutualidad de eliminar o rebajar la calidad de la asistencia sanitaria a la que tienen derecho los compañeros.
Otras cuestiones e informaciones añadidas que se nos comentaron durante la reunión que nos parecen de interés anotar aquí son las siguientes. Este año se ha aumentado unos 8 millones de euros el presupuesto de
MUFACE, que unidos a la bajada del IPC dan, en la práctica, un aumento de casi un 2% lo que perciben las entidades medicas y que según MUFACE nada tiene que ver con subidas de IVA marcadas por una Directiva Europea de obligado cumplimiento y que se ha mezclado intencionadamente para desmerecer este dato.
También nos ha explicado porque MUGEJU puede tener otras contrataciones más ventajosas y no es otra cosa que es un colectivo con una siniestrabilidad ínfima a la que nunca podría llegar el total de funcionarios, con colectivos como el nuestro o el de Prisiones que por desgracia están sujetos a mayores riesgos que se valoran en las negociaciones entre Mutualidades y aseguradoras.
La salida de Sanitas, que afecto a 50.000 personas y que --curiosamente-- no supuso una campaña anti MUFACE como la que ahora se está desarrollando, se debió a una decisión meramente empresarial, sobre perspectivas de negocio incumplidas, ya que SANITAS se marcó como objetivo en el primer año llegar a las 100.000 altas y solo consiguió 50.000, lo que no hacia rentable la inversión necesaria para acometer un despliegue en todo el territorio nacional.
Ante estos datos que vienen a contradecir varias de las acusaciones que hemos oído en algunos ámbitos sindicales también quisimos aclarar una duda del colectivo histórica y es que si por un mutualista MUFACE paga a las entidades medicas entre 51,37 € y 89,05 €, cuanto se le abona a la Seguridad Social por asumir estas prestaciones, respondiéndonos que MUFACE no abona nada en ese concepto, ya que es el Estado el que lo negocia directamente con las Comunidades Autónomas que tienen atribuida la gestión del Sistema Sanitario Público correspondiente a cada una de ellas, si bien existen estimaciones aproximadas de que al Estado (no a MUFACE) le cuesta un Mutualista en la sanidad privada unos 800€ y en la pública 1.200€, esto se debe a factores como la magnitud y la mayor infraestructura humana y tecnológica que tiene la Seguridad Social así como la capilaridad de red asistencial en ámbitos rurales y en fronteras, o la inclusión de los procedimientos de formación y cualificación de los profesionales de la sanidad pública que suponen un coste mayor.
Aparte de estas aclaraciones de las controversias actuales, que no se denunciaron en el momento de los recortes, sino que se sacan cuando hay problemas empresariales de ciertas entidades, Aprovechamos la reunión también para plantearle desde UFP al Director el compromiso de impulsar en cuanto se pueda que las prestaciones que se vienen abonando a los mutualistas, como empastes, gafas, prótesis, subsidio de jubilación, etc. y que desde 2.010 se han ido reduciendo en sus cuantías, incluso desapareciendo como la ayuda a la adquisición de vivienda o las becas de estudio, vuelvan a restablecerse y que se pueda volver a incluir a las mujeres de los asegurados durante el embarazo.
El Director manifestó a UFP su compromiso a seguir trabajando en ese objetivo y espera que en próximos presupuestos si se consigue logre un aumento de los mismos se intentará retomar esta cuestiones planteadas, si bien también comentó que la reducción se produjo en su momento como consecuencia de las directrices del Ministerio de Hacienda quien justificó la medida por la bajada del precio de estos productos, ajustándolos al 20% del valor de mercado y que la desaparición de la cobertura a las embarazadas se produce por la prohibición en 2.012 por Real Decreto de que se produzca doble cobertura, la de la Seguridad Social de la madre y la de MUFACE del padre, algo que Hacienda persigue y detecta.
Por último UFP pidió su intervención directa para solucionar la problemática que se produce cada vez que un Policía tiene un accidente en acto de servicio y es asistido de urgencia por la sanidad pública y la entidad médica se niega a abonar la factura, comunicándosela al propio funcionario para que la abone. Lo consideró inaceptable y nos exigió que le traslademos cualquier disfunción en ese sentido que se resolverá inmediatamente en una Comisión Mixta, comprometiéndose a enviarnos una carta informándonos de lo que dice la clausula 5.3.3 que se puso para proteger a este colectivo y que podéis ver en adjunto a esta circular.
EL COMITÉ EJECUTIVO FEDERAL
Orden General Número: 2108 de 02/03/2015
RESOLUCIÓN DE 27 DE FEBRERO DE 2015, DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE LA POLICÍA, POR LA QUE SE ANUNCIA LA CONVOCATORIA NÚM.
24/2015, PARA LA PROVISIÓN, POR EL PROCEDIMIENTO DE LIBRE DESIGNACIÓN, DE
DIFERENTES PUESTOS DE TRABAJO DE LAS ESCALAS SUPERIOR Y EJECUTIVA (1ª
CATEGORÍA) DEL CUERPO NACIONAL DE POLICÍA, EN DISTINTAS PLANTILLAS
ACUERDO DE 23 DE FEBRERO DE 2015 DE LA DIVISIÓN DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO POR LA QUE SE CONVOCA EL CURSO SOBRE DELITOS DE ODIO, RACISMO Y VIOLENCIA EN EL DEPORTE (TELEFORMACIÓN).
ACUERDO DE LA DIVISIÓN DE FORMACIÓN Y
PERFECCIONAMIENTO DE 24 DE FEBRERO DE 2015, POR EL QUE SE HACE PUBLICA LA LISTA
PROVISIONAL DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS PARA LA REALIZACIÓN DEL "XVII CURSO DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DE ACTUALIZACIÓN
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